dimecres, 23 de març del 2011

Votos Particulares: La democracia insólita (III)

El Tribunal Supremo ha fallado de nuevo, y de nuevo ha errado. Hace menos de dos años que el Tribunal Constitucional le enmendó la plana, con motivo de las Elecciones Europeas, e Iniciativa Internacionalista pudo concurrir a las urnas. Ahora no está tan claro que los plazos se lo permitan a Sortu.

Sucede que una legislación especial -la Ley de Partidos- prevé un procedimiento especialísimo y deja “de facto” en manos de l@s dieciséis funcionari@s con toga de la sala del 61 la decisión última sobre el derecho a voto de cientos de miles de ciudadan@s.

Ocurre que habiendo errado una vez, nadie se ha preocupado de revisar tan delicados mecanismos. Ya quisiéramos muchos ilegalizar a ciertos partidos que reivindican falangismos del pasado, o no condenan franquismos más recientes. Pero solamente el fiscal o el abogado del estado pueden instar ilegalizaciones. Es materia que afecta demasiado a muchos como para estar en manos de tan pocos, todos dependientes del poder ejecutivo. Que tampoco es infalible.

En 2009 ya hubo cinco voces discrepantes entre sus señorías y en esta ocasión se anuncian tres votos particulares. Quien ha leído los estatutos de Sortu no alberga dudas sobre su ajuste a derecho y en buena lógica el Tribunal Constitucional debería estimar el recurso de amparo. Pero, más allá de las formas, la cuestión de fondo sigue siendo: ¿Tienen l@s vasc@s el derecho a decidir entre el mayor abanico posible de opciones a sus representantes?. ¿O es que alguien le tiene miedo a la democracia?