Javier Ortiz
Público 10/02/2009
Ahora las sentencias del Tribunal Supremo se refieren a “el entramado ETA-Batasuna” como si apelaran a un concepto de estricto rigor jurídico.
Askatasuna es un partido inscrito debidamente, cuya ilegalización nadie ha promovido hasta este momento, pero no podrá concurrir a las próximas elecciones vascas porque, según criterio unánime del TS (que dentro de dos días ratificará el Constitucional, faltaría más), forma parte de “el entramado ETA-Batasuna”.
Nadie ha demostrado que ese “entramado” sea una organización delimitada: aparece como un magma de geometría variable al que cabe asociar (o no) a quien sea, según las conveniencias del momento. Hace cuatro años las cosas eran diferentes, pero ahora mismo, si alguien comparte un puñado de fines políticos con ETA, es de ETA, y a correr. Para los más altos tribunales españoles, tanto da esgrimir un argumento como empuñar una pistola.
Uno que no está de acuerdo con eso, vaya por Dios, es el Relator Especial de las Naciones Unidas para la Promoción de los Derechos Humanos, que ha redactado un informe en el que muestra su preocupación por las formulaciones vaporosas que contiene la Ley española de Partidos Políticos. Por resumir su argumentación, viene a decir que esa ley vale lo mismo para un roto que para un descosido.
El Relator se refiere también a la reiterada ilegalización de candidaturas electorales que, aunque compartan “la orientación política” de una organización terrorista –así lo dice–, no han sido condenadas por la comisión de ningún delito y cuyos integrantes gozan, teóricamente, de todos sus derechos ciudadanos.
Va a ser que el Relator Especial de la ONU éste forma parte también de “el entramado”.